Jurisprudencia

Tribunal Supremo, sala 1ª, 10 de Febrero de 1994.

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Y por otro lado, y fundamentalmente, que colocada ya esta Sala de casación vista la estimación de este motivo del recurso en lugar del Tribunal de instancia, la prueba pericial practicada para mejor proveer en estos autos pese a su extensión, es a todas luces insuficiente para anular el dictamen del perito señor Orellana que dictaminó en la fase probatoria del pleito; y es así por basarse para ello en gran medida en pruebas intrínsecas que no merecen garantía del Juzgador.

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Gabinete Orellana